El presidente Luis Arce Catacora promulgó el Decreto Supremo 5143, que reglamenta la Ley de 15 de noviembre de 1887 con el objetivo de modernizar el Registro de Derechos Reales.
El Decreto Supremo establece la creación de la «Máxima Instancia Competente Nacional de Registro de Derechos Reales», una entidad autónoma bajo la administración del Consejo de la Magistratura. Esta instancia estará a cargo de la implementación y gestión del «Sistema Único de Derechos Reales», un sistema informático que centralizará toda la información relacionada con los registros de propiedad a nivel nacional.
Una de las principales novedades del Decreto Supremo 5143 es la incorporación de «herramientas del Gobierno Electrónico» en el Registro de Derechos Reales. Esto permitirá la interoperabilidad del sistema con otras entidades públicas, simplificando y optimizando los trámites para los ciudadanos.
El «Sistema Único de Derechos Reales» integrará en una única base de datos toda la información sobre los registros de propiedad, incluyendo datos que permitan identificar de forma única a cada inmueble.
La instancia competente será responsable de la implementación, mantenimiento y actualización del sistema informático, así como de la infraestructura tecnológica necesaria para su funcionamiento. Además, deberá elaborar los reglamentos del Decreto Supremo 5143 en un plazo no mayor a 150 días desde su publicación.
El Consejo de la Magistratura tiene 30 días calendario para constituir la «Máxima Instancia Competente Nacional de Registro de Derechos Reales» y 60 días para lanzar el «Programa Nacional de Regularización del Derecho Propietario de Bienes Inmuebles del Estado».